Aprobada por el Parlamento la modificación del artículo 77º de la Constitución Nacional, agregando un inciso, el 13º, por el cual se reglamenta el ejercicio del sufragio en las elecciones nacionales, departamentales y en los plebiscitos o referendos y se comete a la Corte Electoral la implementación de los mecanismos necesarios para que así puedan ejercer sus derechos los ciudadanos orientales independientemente del lugar donde residan o se encuentren a la fecha del acto electoral, corresponde que la ciudadanía ratifique con el voto por SI el día 25 de octubre próximo, simultáneamente a la elección de las autoridades nacionales.
Es necesario para ratificar la modificación el voto de la mitad de los ciudadanos que concurran a votar, más un voto.
Aproximadamente 1.150.000 votos por SI van a ser necesarios.

La Comisión Nacional por el Voto de los Uruguayos y Uruguayas en el Exterior lanzará formalmente la campaña por el “SI” en el plebiscito por el voto epistolar, el 26 de agosto en un acto que tendrá lugar en el Palacio Legislativo.
Días pasados, en una reunión de un grupo zonal del Nuevo Espacio, argumentando en favor del derecho al voto de nuestros compatriotas que residen en el exterior, un compañero manifestó: “¿Y qué van a hacer los integrantes del Partido Nacional que tienen ciudadanía española o italiana? ¿Van a estar en contra?








